Un hombre acusado de intentar robar doce rosarios, una figura de Cristo, así como imágenes y estatuillas de la Virgen en el cementerio de la Chacarita quedó al borde del juicio oral y público, luego de que la Cámara del Crimen confirmara su procesamiento.
Así lo resolvieron los jueces Juan Cicciaro y Mauro Divito, quienes confirmaron el procesamiento del hombre, quien había sido acusado en primera instancia por esos hechos.
La defensa había cuestionado la acusación al remarcar que en el caso "no existió afectación al patrimonio de una persona concreta, puesto que no se determinó la propiedad de los objetos secuestrados".
"Aún cuando no se conozcan los datos filiatorios concretos de las personas a quienes les pertenecerían los elementos aludidos, estos fueron sustraídos de lugares específicos dentro del cementerio, circunstancia que permite descartar que se tratara de cosas abandonadas o perdidas", replicaron los jueces al pronunciarse al respecto.
En ese sentido, concluyeron que "basta con que la cosa sea ajena para el imputado y que éste lo sepa, sin que se requiera, parejamente, que esté individualizado el patrimonio al que pertenece o quien ejerce su tenencia".
Además, los jueces desestimaron otro de los planteos del acusado quien adujo que los objetos robados eran de escaso valor y pidió que se aplique el "principio de insignificancia".
Pero para los jueces, el acusado "intentó apoderarse de una numerosa cantidad de objetos de cierto valor económico, extremo que desdibuja toda posibilidad de considerar que se trató de una acción insignificante".
Así lo resolvieron los jueces Juan Cicciaro y Mauro Divito, quienes confirmaron el procesamiento del hombre, quien había sido acusado en primera instancia por esos hechos.
La defensa había cuestionado la acusación al remarcar que en el caso "no existió afectación al patrimonio de una persona concreta, puesto que no se determinó la propiedad de los objetos secuestrados".
"Aún cuando no se conozcan los datos filiatorios concretos de las personas a quienes les pertenecerían los elementos aludidos, estos fueron sustraídos de lugares específicos dentro del cementerio, circunstancia que permite descartar que se tratara de cosas abandonadas o perdidas", replicaron los jueces al pronunciarse al respecto.
En ese sentido, concluyeron que "basta con que la cosa sea ajena para el imputado y que éste lo sepa, sin que se requiera, parejamente, que esté individualizado el patrimonio al que pertenece o quien ejerce su tenencia".
Además, los jueces desestimaron otro de los planteos del acusado quien adujo que los objetos robados eran de escaso valor y pidió que se aplique el "principio de insignificancia".
Pero para los jueces, el acusado "intentó apoderarse de una numerosa cantidad de objetos de cierto valor económico, extremo que desdibuja toda posibilidad de considerar que se trató de una acción insignificante".
Fuente: Terra
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