La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial emitió un fallo que deja sin efecto la licitación que le otorgaba la potestad a la Mutual del gremio de Camioneros -que lidera Hugo Moyano- para hacerse cargo del club Comunicaciones. En su lugar, prorroga por tres años el fideicomiso de administración.
La Sala D del tribunal, a cargo de los camaristas Gerardo Vasallo, Pablo Heredia y Juan José Dieuzeide, revocó el fallo del juez comercial Fernando D'Alessandro, que había priorizado la propuesta de Camioneros por sobre la del gobierno de la Ciudad porque contemplaba la continuidad de las actividades del club y de la totalidad del personal contratado, y brindaba facilidades para incorporar a los vecinos de la zona como socios de la institución. Pero, sobre todo, garantizaba un Plan Maestro de inversiones por $ 40 millones en los próximos dos años y el pago inmediato de la quiebra, que es de $ 12 millones.
Tras el fallo, en diciembre del año pasado, los socios de Comunicaciones manifestaron su disconformidad con pintadas de "Fuera Moyano" en la sede del club, en el barrio de Agronomía. Y lo continuaron haciendo: en julio de este año, tomaron el club en repudio a que lo maneje de Moyano.
En este fallo de la Cámara, los jueces argumentan que durante el largo proceso de licitación -casi dos años-, se había omitido oír al Estado Nacional, quien había donado el inmueble con el cargo de que las obras e instalaciones construidas en el terreno cedido fueran aprovechadas deportiva, social y culturalmente por los empleados del Ministerio de Comunicaciones.
Pero, en lugar de requerir la opinión del Estado Nacional, los jueces decidieron dejar sin efecto todo el proceso de licitación como si no hubiera existido y prorrogaron por tres años más el fideicomiso de administración de le entidad deportiva -con la reincorporación de sus tres miembros- invocando su condición de directores del proceso. Ese órgano fiduciario deberá elaborar "dentro de los 30 días un plan de administración y salvataje del Club Comunicaciones", según dice el fallo de la Cámara.
Fuente: www.mercadoytransparencia.org.
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