La Sala 2 en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires, con fecha 6 de febrero, hizo lugar al Recurso de Amparo que presentaron el Dr. Oscar Traviesas, Raúl Brunel y Norberto Zanzi, vecinos de la Comuna 15.
En la presentación se solicitaba la anulación del decreto 376/11 y el pase de las UAC a la administración de las Juntas Comunales hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo sobre la legalidad de estas unidades creadas por el Ejecutivo porteño.
Si bien la presentación la realizaron integrantes de la Comuna 15, su aplicación es obligatoria para las 15 Comunas.
El recurso fue avalado un "Plenario de la 15”, constituido por asociaciones y vecinos de la Comuna, convocado por el "Consejo Consultivo Comunal de Autoconvocados de la 15".
Esta Resolución de 2ª Instancia saca de la órbita del Gobierno de la Ciudad las tareas que desempeñaban las UAC y las pasa a quienes realmente deberían haberla ejercido desde su toma de cargo el 10 de diciembre del 2011: las Juntas Comunales y por ende los Consejos Consultivos, o sea los vecinos y entidades no gubernamentales que los constituyen.
Norberto Zanzi, uno de los vecinos que presentó el recurso de amparo señala que “Es bueno leer la sentencia ya que aclara muchos puntos y puede servir para otros hechos. En definitiva revoca la sentencia en primera instancia y "el Tribunal RESUELVE: Revocar el decisorio de grado y, por ende, suspender el decreto nº 376/11, hasta tanto se dicte sentencia definitiva y firme. En función de la verosimilitud en el derecho existente, las responsabilidades primarias de las UACs serán desarrolladas bajo la órbita de la autoridad comunal respectiva". O sea que a partir de ahora las UAC serán dirigidas, administradas y controladas por las Juntas Comunales y por ende por los Consejos Consultivos.”
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Fuente: elmensajero.com
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